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a) La nueva Ley del Divorcio permite a los cónyuges elegir entre solicitar la SEPARACIÓN o directamente el DIVORCIO. En ambos casos, transcurridos tres meses desde la celebración de la boda.
(Con la ley anterior, era obligatorio que hubiese transcurrido un año desde la boda para poder pedir la separación de mutuo acuerdo, y otro año más desde entonces, para poder solicitar el divorcio).
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b) Las diferencias fundamentales entre separación y divorcio son:
- 1º Que la separación es "reversible", es decir, si los cónyuges deciden reconciliarse, bastará con que ambos lo comuniquen al Juzgado, y vuelven a la situación matrimonial anterior.
- 2º Aun obtenida legalmente la separación por sentencia judicial, los cónyuges no pueden casarse con otras personas, ya que el matrimonio sigue existiendo, aunque estén separados.
- 3º Para poder casarse de nuevo han de solicitar y obtener necesariamente el divorcio (nunca es automático). El divorcio disuelve el matrimonio, los cónyuges pasan a ser solteros y libres para casarse con otras personas.
- 4º Tras obtener el divorcio legal, la reconciliación no sirve. Si los conyuges desean volver a su antiguo matrimonio tienen que casarse de nuevo.
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c) ¿Por qué pedir la separación, si se puede divorciar directamente?
Algunos matrimonios se plantean la separación como algo temporal, a pesar de lo cual quieren regularizar la situación. Pero desean dejar abierta la posibilidad de la reconciliación. En tal caso, es más adecuado solicitar la separación.
Sin embargo, si ambos tienen muy claro que la ruptura es definitiva, pueden ahorrarse el trámite previo de la separación y solicitar el divorcio directamente. De este modo, todo se resuelve en un solo trámite judicial, con el consiguiente ahorro económico.
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